Aviso Listo

Para arrendadores · fracción XV

Cumple la ley antilavado con tus rentas en minutos al mes.

Si rentas locales, oficinas, bodegas o naves con rentas de $188,283 o más al mes, la ley antilavado te pide identificar a tus inquilinos y presentar al SAT un aviso o un informe en ceros cada mes. Aviso Listo lo prepara por ti.

14 días gratis, sin tarjeta.

Qué te pide la ley

Dos montos que tienes que conocer.

1,605 UMA al mes

$188,283

Desde esta renta mensual identificas al inquilino: su expediente con identificación, domicilio y, si es empresa, quién la controla.

3,210 UMA al mes

$376,565

Desde aquí la renta se reporta al SAT, sola o sumada con las del mismo inquilino en 6 meses, y ya no se puede recibir en efectivo.

Los montos son sin IVA. Si estás dado de alta como arrendador en el SAT, cada mes presentas el aviso de las rentas reportables o el informe en ceros, a más tardar el día 17, y desde el 1 de marzo de 2027 necesitas tu manual y tu metodología de riesgo por escrito. Lee la guía completa del arrendamiento.

Hecho para arrendadores

Menos captura, cada mes.

Cómo funciona

  1. 01

    Registra tus inmuebles y contratos, o impórtalos desde Excel.

  2. 02

    Da de alta a cada inquilino; si le faltan documentos, mándale el enlace para que los suba.

  3. 03

    Cada mes, marca las rentas que cobraste o sube tus facturas.

  4. 04

    Antes del día 17, descarga el aviso o el informe en ceros y preséntalo en el portal del SAT.

Precio

Plan Arrendador

$1,490 MXN al mes + IVA

  • Hasta 10 inquilinos activos
  • Rentas del mes, importación desde Excel y desde facturas
  • Avisos, informes en ceros y avisos de 24 horas
  • Paquete 2027: metodología de riesgo, manual y calificación de clientes
Empezar prueba gratis

¿Más de 10 inquilinos, o también vendes inmuebles? El plan Pro cubre hasta 150 clientes activos por $2,490 al mes. Ver todos los planes

Preguntas frecuentes

¿Me aplica si rento casas o departamentos?

Solo si alguna renta mensual llega a $188,283 (1,605 UMA). Por debajo de ese monto, rentar no te pide identificar ni avisar nada. La mayoría de quienes están obligados rentan locales, oficinas, bodegas o naves.

¿El IVA cuenta para el umbral?

No. Las rentas se comparan sin IVA (Reglamento, artículo 6). Para el límite de efectivo sí cuenta el total.

¿Si ya facturo la renta, tengo que presentar el aviso?

Sí. Según el SAT, emitir el CFDI no sustituye el aviso. Con Aviso Listo, tus facturas sirven para registrar las rentas: subes los XML y nosotros hacemos el resto.

¿Y si ningún mes tengo rentas que avisar?

Si estás dado de alta en la fracción XV, cada mes presentas el informe en ceros antes del día 17. Aviso Listo te lo prepara y te recuerda la fecha.

¿Mi contador o mi administrador puede llevarlo?

Sí. Puedes invitarlos a tu cuenta, y un contador puede llevar a varios arrendadores desde una sola cuenta.

Aviso Listo no es asesoría legal: organiza tus expedientes, calcula los umbrales y prepara tus archivos. Para decisiones de tu caso, consulta a tu contador o abogado.