Presentar ante el SAT
Corregir un aviso ya presentado (aviso modificatorio)
Cuándo y cómo se corrige un aviso en el portal del SAT, y qué no se puede corregir.
Si ya presentaste un aviso y tenía un error, se corrige con un aviso modificatorio en el portal del SAT. Las reglas del SAT:
- Cada aviso se puede modificar una sola vez.
- Dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha de su acuse.
- Solo si el aviso original aparece como ACEPTADO en el acuse.
- El modificatorio lleva el folio del aviso original, la descripción de la modificación y la información corregida.
- Los informes en ceros no se pueden modificar. Si presentaste un informe en ceros y resulta que sí había una operación que avisar, presenta el aviso de esa operación.
Pasos en el portal
- 1Entra al portal del SAT con tu e.firma y abre «Ver Acuses».
- 2Escribe un rango de fechas para encontrar el aviso que quieres modificar y toca «Ver Detalle».
- 3Copia el «Folio Aviso» del acuse.
- 4Captura el aviso con los datos corregidos, indica que es modificatorio con ese folio y la descripción del cambio, y envíalo como normalmente lo haces.
Aviso Listo todavía no genera avisos modificatorios: se capturan en el portal del SAT. En Aviso Listo, un mes presentado ya no se puede cambiar, para que tu registro coincida con lo que presentaste; guarda el acuse del modificatorio como documento del cliente y, si necesitas que reflejemos la corrección, escríbenos a info@avisolisto.mx.
Fuente: guía del SAT ¿Cómo presentar un Aviso Modificatorio? y folletos del SAT.
Esto es una guía general, no asesoría legal. Para tu caso concreto, consulta a tu contador o abogado.
Actualizado el 25 sep 2026