Consulta PEP 2.0 de la UIF: confirmar si un cliente es PEP
La aplicación oficial de la UIF para consultar personas políticamente expuestas nacionales: lo que dicen las reglas, desde cuándo y cómo registrarla en Aviso Listo.
El texto
Reglas generales, artículo 23 Quáter 1: «Para realizar la consulta sobre Personas Políticamente Expuestas nacionales a que se refieren los artículos 51 Ter, segundo párrafo de la Ley, 45 Ter y 45 Quáter del Reglamento, quienes realicen Actividades Vulnerables deberán ingresar a la aplicación Consulta PEP 2.0 dentro de la página electrónica oficial de la UIF, con su Firma Electrónica Avanzada que utilizaron para llevar a cabo el trámite de alta y registro en términos de lo previsto en el artículo 12 del Reglamento».
Transitorio décimo del Acuerdo 115/2026: «Quienes realicen Actividades Vulnerables y las Entidades Financieras podrán realizar la consulta a que se refiere el artículo 23 Quáter 1 de estas reglas, nueve meses después de que entre en vigor el presente Acuerdo». El acuerdo entra en vigor el 30 de noviembre de 2026, así que la consulta se abre a finales de agosto de 2027.
Las autoridades y organismos cargan en esa misma aplicación la información sobre sus personas políticamente expuestas (artículo 23 Quáter 2 y Anexo 10 de las reglas). Por eso será la fuente oficial de PEP nacionales, algo que hoy no existe en forma pública.
Qué significa
- La consulta la haces tú, en el sitio de la UIF, con la e.firma con la que te diste de alta como actividad vulnerable. Aviso Listo no la puede hacer por ti y nunca te pedirá tu e.firma.
- Es para PEP nacionales. Para cargos en el extranjero y para quienes se asimilan a PEP (cónyuge o concubino, parientes hasta segundo grado y socios) sigue contando lo que declare el cliente.
- Un PEP nacional lo sigue siendo durante el año siguiente a que deja el cargo (artículo 23 Quáter).
- Mientras la consulta no esté abierta, lo usual es la declaración PEP del cliente bajo protesta de decir verdad, más una búsqueda del nombre entre personas con cargo público.
En Aviso Listo
- 1El cliente firma su declaración PEP desde su enlace, y Aviso Listo busca su nombre entre los diputados, senadores y otras personas con cargo público en México (ver Revisión en listas y coincidencias).
- 2Cuando la UIF abra la consulta, entra a Consulta PEP 2.0 con tu e.firma y busca al cliente y a sus beneficiarios controladores.
- 3En el expediente, en «Declaración PEP», toca Registrar consulta: la fecha, el resultado y, si quieres, la captura o el comprobante. Si aparece como PEP, queda marcado y su riesgo sube a alto.
Fuente: Acuerdo 115/2026, DOF del 7 de agosto de 2026, artículos 23 Quáter, 23 Quáter 1, 23 Quáter 2 y transitorio décimo.
Esto es una guía general, no asesoría legal. Para tu caso concreto, consulta a tu contador o abogado.
Actualizado el 8 oct 2026