La ley y el SAT, explicados
Multas y sanciones
Cuánto pueden costar los incumplimientos según la ley y cómo reducirlas si te regularizas.
Los artículos 53 y 54 de la LFPIORPI fijan las multas administrativas en UMA. Con la UMA de 2026 ($117.31), 200 UMA son $23,462 y 65,000 UMA son $7,625,150.
- De 200 a 2,000 UMA (artículo 54, fracción I): no atender requerimientos de la autoridad; incumplir cualquier obligación del artículo 18 (identificar, integrar expedientes, conservar, darte de alta, manual, capacitación, etc.); presentar un aviso tarde, hasta 30 días después de la fecha; o presentar un aviso sin los requisitos del artículo 24.
- De 2,000 a 10,000 UMA (artículo 54, fracción II): incumplir las obligaciones de los artículos 33, 33 Bis y 33 Ter (entre ellas, las de los fedatarios sobre la forma de pago y las de las sociedades sobre su beneficiario controlador).
- De 10,000 a 65,000 UMA, o del 10% al 100% del valor de la operación, la que sea mayor (artículo 54, fracción III): no presentar un aviso, o participar en una operación en efectivo prohibida por el artículo 32.
- Aviso con más de 30 días de retraso: el artículo 53, fracción III, remite a la sanción de omisión. Confirma con tu abogado el monto aplicable.
Si te regularizas por tu cuenta
Artículo 55: la autoridad «se abstendrá de sancionar al infractor, por única ocasión», si cumple «de manera espontánea y previa al inicio de las facultades de verificación» y reconoce expresamente la falta. Si ya usó ese beneficio, la multa se reduce hasta en un 50% en las mismas condiciones. Por eso, si se te pasó un mes, preséntalo cuanto antes (ver Si se te pasó la fecha).
Además, la ley prevé delitos: de 2 a 8 años de prisión a quien proporcione información o documentos falsos para un aviso, o los modifique o altere (artículo 62), y de 4 a 10 años a quien, sin autorización, revele que una persona está vinculada con un aviso (artículo 63, fracción II). Por eso nunca le digas a un cliente que lo reportaste.
Fuente: LFPIORPI, artículos 52 a 55.
Esto es información general, no asesoría legal. Qué sanción aplica en un caso concreto depende de los hechos; consulta a tu contador o abogado.
Actualizado el 25 sep 2026