Guía · ley antilavado
Rentas de locales y oficinas: qué pide la ley antilavado al arrendador
Cuándo un arrendador de locales comerciales, plazas u oficinas es actividad vulnerable, cómo se cuentan las rentas de cada inquilino y qué presentas al SAT cada mes, con montos de 2026.
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Rentar inmuebles es actividad vulnerable (artículo 17, fracción XV de la ley antilavado) cuando la renta mensual es alta. En la práctica, quienes llegan a esos montos suelen rentar locales comerciales, plazas, oficinas o pisos completos. Quien cumple es el arrendador, no el inquilino.
Los montos de 2026
- Identificación: cuando la renta mensual de un inquilino es de 1,605 UMA o más ($188,282.55 en 2026). Desde ahí armas su expediente.
- Aviso: cuando la renta mensual llega a 3,210 UMA ($376,565.10 en 2026), sola o sumada con las del mismo inquilino en 6 meses (solo cuentan las que por sí solas pasan de 1,605 UMA).
- Efectivo: una renta de 3,210 UMA o más al mes no se puede pagar ni recibir en efectivo (artículo 32).
- El IVA no cuenta para los umbrales (Reglamento, artículo 6); para el límite de efectivo sí cuenta el total.
Si rentas varios locales en una plaza
- Cada renta se compara por inquilino: si un mismo inquilino renta dos locales, sus rentas se suman para la acumulación de 6 meses.
- Locales con rentas por debajo de 1,605 UMA al mes no te piden identificar ni avisar nada; puedes registrarlos para tu control.
- El aviso lleva la dirección del inmueble; el local va como número interior.
Qué presentas cada mes
Si estás dado de alta en la fracción XV, a más tardar el día 17 del mes siguiente presentas el aviso de las rentas reportables o el informe en ceros si no hubo. Desde el 1 de marzo de 2027 también necesitas tu metodología de riesgo, tu manual y la calificación de riesgo de tus inquilinos por escrito.
Cómo lo resuelve Aviso Listo
- Registras la plaza una vez y cada local como unidad, o importas tu lista de rentas desde Excel.
- Cada mes marcas las rentas que cobraste en «Rentas del mes», o subes los XML de tus facturas de renta.
- Si a un inquilino le faltan documentos, le mandas un enlace para que los suba desde su celular.
- Calculamos los umbrales y generamos el aviso o el informe en ceros validado. Mira Aviso Listo para arrendadores.
Esto es una guía general, no asesoría legal. Para tu caso concreto, consulta a tu contador o abogado.
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Actualizado el 8 oct 2026