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Guía · ley antilavado

Naves industriales y bodegas: la ley antilavado en el arrendamiento industrial

Qué pide la ley antilavado a quien renta naves, bodegas o parques industriales: umbrales de 2026, rentas en dólares, pagos de varios meses e inquilinos extranjeros.

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Las rentas de naves industriales, bodegas y parques suelen pasar los montos de la fracción XV de la ley antilavado, así que el arrendador normalmente tiene que identificar a sus inquilinos y presentar un aviso o un informe en ceros cada mes.

Los montos de 2026

  • Identificación: renta mensual de 1,605 UMA o más ($188,282.55 en 2026).
  • Aviso: renta mensual de 3,210 UMA o más ($376,565.10 en 2026), sola o sumada con las del mismo inquilino en 6 meses.
  • Los montos se comparan sin IVA (Reglamento, artículo 6).

Rentas en dólares

  • Muchas naves se rentan en dólares. La renta se registra y se reporta en pesos, al tipo de cambio del día en que quedó pagada; confirma con tu contador qué tipo de cambio usar y úsalo siempre igual (ver Operaciones en dólares y clientes extranjeros).
  • El acto es la fecha en que la renta del mes queda pagada por completo, y se usa la UMA de ese día.

Pagos de varios meses y depósitos

  • Si el inquilino paga varios meses juntos, el pago se divide entre los meses que cubre para compararlo con los umbrales: $1,200,000 por 3 meses son $400,000 al mes.
  • Lo que se compara es la renta; revisa con tu contador cómo tratar depósitos en garantía y otros cargos del contrato.

Inquilinos que son empresas o extranjeros

Cómo lo resuelve Aviso Listo

Registras el parque una vez y cada nave como unidad, capturas la renta en dólares con su equivalente en pesos, y cada mes confirmas las rentas cobradas o las importas desde tus facturas. Calculamos los umbrales con la UMA del día y generamos el archivo del SAT validado. Mira Aviso Listo para arrendadores.

Esto es una guía general, no asesoría legal. Para tu caso concreto, consulta a tu contador o abogado.

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Actualizado el 8 oct 2026