Guía · ley antilavado
Nuevo formato de alta de actividades vulnerables (1 de febrero de 2027): qué cambia para inmobiliarias
La UIF cambió el formato de alta y registro del portal antilavado. Qué cambia desde el 1 de febrero de 2027, quién debe volver a darse de alta y qué pasa con la persona Representante Encargada de Cumplimiento.
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Entran en vigor las nuevas reglas
30 de noviembre de 2026
136
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Manual y evaluación de riesgos por escrito
1 de marzo de 2027
228
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Mecanismos automatizados
1 de junio de 2027
El 24 de septiembre de 2026 la UIF publicó en el DOF una resolución que modifica el formato oficial de alta y registro de quienes realizan actividades vulnerables. Se usa desde el 1 de febrero de 2027 (transitorio primero). Es el formato que llenas en el portal de prevención de lavado de dinero del SAT para darte de alta y para modificar tu registro.
¿Te aplica? · 2 preguntas
¿A qué se dedica tu negocio?
Qué cambia
- Incluye expresamente a quienes realizan la actividad por medio de un fideicomiso o de otra figura jurídica, como una asociación en participación. Pide los datos del fideicomiso, del fiduciario, del delegado fiduciario, de los fideicomitentes y de los fideicomisarios, o de los integrantes de la figura. Los integrantes se capturan con una plantilla de Excel del portal que genera un archivo XML (artículo 2).
- El alta lleva un apartado con los datos de la persona Representante Encargada de Cumplimiento: nombre, RFC, fecha de nacimiento, nacionalidad y fecha de designación.
- La persona designada completa su designación en el portal: la acepta o la rechaza y, si la acepta, da su teléfono, su correo y su domicilio (artículo 2 Bis y Anexo B).
- Pide teléfono y correo de contacto, y un domicilio por cada actividad vulnerable que realizas.
- Para agregar, modificar o eliminar información de tu registro se usa el mismo formato (artículo 4).
¿Tengo que volver a darme de alta?
Solo si actúas por medio de un fideicomiso o de otra figura jurídica. Si te diste de alta antes del 1 de febrero de 2027 de esa forma, debes darte de baja y, de inmediato, darte de alta otra vez identificando claramente con qué carácter realizas tus operaciones (transitorio tercero). Es común en desarrollos inmobiliarios que reciben recursos por medio de un fideicomiso o de una asociación en participación (fracción V Bis).
Si vendes, intermedias, desarrollas o rentas inmuebles como persona física o como empresa, la resolución no te pide volver a darte de alta. El primer cambio que hagas a tu registro desde el 1 de febrero de 2027, por ejemplo un nuevo domicilio o una nueva persona Representante Encargada de Cumplimiento, ya lo harás con el formato nuevo. Revisa tu caso con tu contador.
Qué hacer antes del 1 de febrero de 2027
- 1Revisa en el portal que tu registro esté al día: actividades, domicilio y datos de contacto. Cualquier cambio se actualiza dentro de los 6 días hábiles siguientes.
- 2Si eres persona moral, confirma quién es tu persona Representante Encargada de Cumplimiento y que haya aceptado su designación con su propia e.firma.
- 3Si tu desarrollo opera por medio de un fideicomiso o de una asociación en participación, reúne los datos del fiduciario, de los fideicomitentes y fideicomisarios o de los integrantes, y prepara la baja y la nueva alta a partir del 1 de febrero de 2027.
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Las otras fechas de 2026 y 2027
- 30 de noviembre de 2026: entran en vigor las reglas generales reformadas (Acuerdo 115/2026).
- 1 de marzo de 2027: debes tener tu evaluación de riesgos y tu Manual de Políticas Internas que la incorpore.
- 1 de junio de 2027: los avisos y los informes en ceros se envían con los formatos nuevos que la UIF publicó el mismo 24 de septiembre de 2026, aunque correspondan a meses anteriores.
En Aviso Listo registras tus clientes y operaciones, y al cerrar cada mes preparamos tu aviso o tu informe en ceros para que lo presentes a más tardar el día 17. Estamos preparando los formatos nuevos que el SAT pide desde el 1 de junio de 2027.
Fuente: Resolución que modifica la diversa por la que se expide el formato oficial para el alta y registro de quienes realicen actividades vulnerables, DOF del 24 de septiembre de 2026. Lee también Alta en el portal del SAT (y baja), El representante encargado del cumplimiento y Baja de actividades vulnerables.
Esto es una guía general, no asesoría legal. Para tu caso concreto, consulta a tu contador o abogado.
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Actualizado el 16 oct 2026